En algunos países, como en España, las empresas están obligadas por ley a registrar la jornada laboral de sus empleados.
Algunos de los países que tienen regulado el control horario son: España, Portugal, Italia, Bélgica, Austria, Rumanía, Hungría, etc.
Puedes encontrar todo el texto legal en el siguiente enlace del Boletín Oficial del Estado, regulado en el Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, capítulo III, artículos 10 y siguientes.
Por favor, consúltalo con tu asesor laboral.
Evitarás sanciones graves.
La funcionalidad que te da GesFicher permite que estés tranquilo, estarás cumpliendo todos los puntos exigidos por la Ley:
Cualquier tipo y tamaño de empresa | |
Garantiza el registro diario de la jornada (hora de inicio y de fin de la jornada laboral) | |
Trabajadores y representantes sindicales recibirán la relación mensual de horas realizadas en horario ordinario y extraordinario | |
Flexibilidad horaria | |
Registro gratuito durante 4 años (lo que exige la Ley) | |
A disposición del trabajador, sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social | |
Ley de control horario |
Si no cumples la Ley podrás recibir una fuerte sanción, dependiendo de la gravedad.
Infracciones leves: |
Si se falta a la información de las condiciones laborales más importantes. 60,00 € - 625,00 € |
Infracciones graves: |
Si se detectan irregularidades en el registro de las horas. 625,00 € - 6.250,00 € |
Infracciones muy graves: |
Si las irregularidades acumulan grandes diferencias. 6.250,00 € - 187.515,00 € |